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Servicios Sociales

SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE SOBRESCOBIO

INTRODUCCIÓN:

La Ley del Principado de Asturias 1/2003, de 24 de Febrero de Servicios Sociales regula el funcionamiento y la organización de los mismos en la comunidad autónoma y en las entidades locales.

1. FUNCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE SOBRESCOBIO respecto a los Servicios Sociales:

La Administración Local sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la legislación de régimen local, ejercerá las siguientes funciones:

  1. El análisis de necesidades y de la problemática social existente en su ámbito territorial.
  2. La recogida de información y datos estadísticos, que se pondrán a disposición de la Administración del Principado de Asturias al objeto de que por parte de esta se puedan incorporar a la planificación general.
  3. La titularidad y gestión de los servicios sociales.
  4. La programación de los servicios sociales de su competencia conforme a la planificación del Principado de Asturias y la coordinación de sus actividades con las instituciones y asociaciones privadas al ámbito de su territorio.
  5. La gestión de los programas y de las ayudas económicas que le pueda encomendar la Administración del Principado de Asturias según se determine mediante convenio entre ambas administraciones.

 

2. CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES Y UNIDAD DE TRABAJO SOCIAL

Los centros de servicios sociales y las unidades de trabajo social constituyen el primer nivel de atención del Sistema Público de Servicios Sociales como respuesta cercana ante cualquier demanda o necesidad social. Se caracterizan por estar dirigidos a toda la población circunscrita a un territorio y por la proximidad que facilite el acceso de los ciudadanos.

FUNCIONES DE UN CENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES/ SERVICIOS SOCIALES GENERALES

  1. Realizar actuaciones preventivas de las situaciones de riesgo y necesidad social.
  2. Ser centros de información, valoración, diagnóstico y orientación para la población en cuanto a los derechos y recursos sociales existentes y a las intervenciones sociales que les puedan corresponder.
  3. Prestar servicios de ayuda a domicilio y apoyos a la unidad convivencial.
  4. Desarrollar programas de intervención orientados a proporcionar recursos y medios que faciliten la integración y participación social.
  5. Desarrollar programas de alojamiento alternativo temporal destinados principalmente a transeúntes.
  6. Gestionar prestaciones de Emergencia Social.
  7. Ordenar y disponer sus actuaciones de manera coordinada con los planes y actuaciones dependientes del Principado de Asturias.
  8. Detectar las necesidades sociales en su ámbito territorial, proporcionando la información necesaria para la planificación.

En el siguiente enlace se accede a los diferentes Centros de Servicios Sociales por Áreas de Asturias:

https://sede.asturias.es/Asturias/SERVICIOS/200750241_CMSS_trabajadores_sociales_31_03_2010[1].pdf

3. PRESTACIONES SOCIALES BÁSICAS

A través del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales se establece la garantía y cobertura  de necesidades sociales. Las prestaciones sociales son el conjunto de acciones, medidas y ayudas que se realizan en el primer nivel de atención, que usualmente tiene un carácter general, pero que también pueden ser específicos y/o sectoriales.

Las Prestaciones Sociales Básicas que se desarrollan en el Centro Municipal de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Sobrescobio son:

1.INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN. Esta prestación responde a la necesidad de los ciudadanos de acceder a los recursos sociales y a ejercitar sus derechos en un marco de igualdad de oportunidades.

Horario de atención de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Sobrescobio: Lunes, Martes y Viernes de 10:00 h a 14:00h. Teléfono: 985 60 90 05.

Correo electrónico: serviciossociales@ayto-sobrescobio.es

 

2.AYUDA A DOMICILIO Y OTROS APOYOS A LA UNIDAD CONVIVENCIAL. Esta prestación responde a la necesidad de los ciudadanos de disponer de las condiciones básicas en su propio medio de convivencia, desde una perspectiva integral y normalizadota. Esta prestación integra el Servicio de Ayuda a Domicilio y la Teleasistencia.

2.1 El Servicio de Ayuda a Domicilio se define como un programa de atención individualizado dirigido a personas o grupos familiares dependientes o en riesgo de dependencia, que contribuye al mantenimiento de las mismas en su medio habitual, facilitando la autonomía funcional mediante apoyos de carácter personal, doméstico o social, prestados preferentemente en su domicilio o entorno más próximo.

 2.2. La Teleasistencia Domiciliaria es un servicio que, a través de la línea telefónica, y con un equipamiento de comunicaciones e informático, ubicado en un centro de atención y en el domicilio de la persona usuaria, permite atender a la persona durante 24 horas. Tiene una función asistencial ante situaciones de urgencia y preventiva que da seguridad y tranquilidad que proporciona a las personas usuarias el saber que ante cualquier situación de riesgo va a estar atendidos.

 2.3. Solicitud del Grado de Dependencia, y el derecho a sus prestaciones. Dependencia es el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

https://sede.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=53b9e49d48322110VgnVCM10000097030a0aRCRD&i18n.http.lang=es&vgnextfmt=otrosservicios

 2.4 .Solicitud del Grado de Discapacidad y tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida: PERSONA CON DISCAPACIDAD es toda  persona cuyas posibilidades de integración educativa, laboral o social se hallen disminuidas como consecuencia de una deficiencia, previsiblemente permanente, de carácter congénito o no, en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales.

https://sede.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=1f5029d7b2d4f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&vgnextchannel=7d9ab8068f429010VgnVCM100000bb030a0aRCRD&i18n.http.lang=es&f1=1493935200000&f2=1609455600000&f3=28846800000&f4=1493935200000&id1=0

2.5.PROGRAMA DE ATENCIÓN A FAMILIAS. La agrupación de municipios de Caso, Sobrescobio y Laviana cuentan con un convenio programa para la gestión  del Equipo de Intervención Técnica de apoyo a la familia (EITAF), encargado de prestar el servicio que consiste en desarrollar y ejecutar la medida de protección infantil de apoyo familiar  en su modalidad de intervención técnica, cuya finalidad, a través de las actuaciones profesionales que la integran, es restablecer y facilitar el adecuado ejercicio de las funciones parentales, mejorando las relaciones sociofamiliares y promoviendo el desarrollo y el bienestar del menor.

Además el Ayuntamiento de Sobrescobio cuenta con el Plan de Infancia desde el año 2016 y pertenece a la Red de ¿Ciudades amigas de la Infancia¿.

Enlace Plan de Infancia

 

4.ALOJAMIENTO ALTERNATIVO

Esta prestación da respuesta a la necesidad de todas las personas de disponer de un espacio digno en donde alojarse y en el que desarrollar los aspectos más elementales de la convivencia social.

(Tramitación de estancias temporales y permanentes en residencias privadas y públicas para personas mayores, personas dependientes, discapacitadas, etc. Acceso a viviendas públicas de protección oficial, de emergencia social-urgencia social, ayudas y subvenciones al alquiler del Principado de Asturias, etc)

 

5.PREVENCIÓN E INSERCIÓN

Esta prestación da respuesta a la necesidad de prevenir la marginación y sus causas así como la de favorecer procesos de integración/inclusión social de las personas y colectivos más desfavorecidos.

Son aquellos apoyos en materia de salud, vivienda, educación, formación y empleo recogidos en el Plan de Inclusión Social y concretamente del Programa Individualizado de Incorporación Social, destinados  a las  personas o familias vulnerables, en situación de riesgo y exclusión social.

El Principado de Asturias establece el Salario Social Básico como prestación económica de garantía de ingresos mínimos, sobre la base de la unidad económica de convivencia independiente.

https://sede.asturias.es/portal/site/Asturias/menuitem.46a76b28f520ecaaf18e90dbbb30a0a0/?vgnextoid=ae94438ac767f010VgnVCM100000b0030a0aRCRD&i18n.http.lang=es&vgnextfmt=otrosservicios

5.1. AYUDAS ECONÓMICAS, El Ayuntamiento de Sobrescobio, a través de recursos propios y con la  colaboración del Principado de Asturias también gestiona las siguientes ayudas sociales:

  • AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL: son las ayudas de naturaleza económica y carácter extraordinario destinadas a paliar situaciones de emergencia de personas con hogares independientes residentes en el municipio, y en su caso, a los miembros de su unidad familiar, afectadas por un estado de necesidad cuyos recursos económicos resulten insuficientes para hacer frente a dicha necesidad.
  • APOYO FAMILIAR: Son las destinada a proteger social y económicamente a aquellas personas con cargas familiares ( menores, tercera edad, discapacitados, etc) que  no puedan atenderlas adecuadamente y respecto a las cuales se esté realizando un programa de intervención técnica por parte de los Servicios Sociales siempre que dichas  personas se comprometan al cumplimiento del programa de intervención.
  • AYUDAS ECONÓMICAS DE PRIMER NIVEL DE INFANCIA: destinadas principalmente a las familias incluidas en el EITAF, o cualquier otro  programa del que formen parte (Salario Social, SAD, Dependencia, etc.) y del que su proyecto de intervención requiera del apoyo de profesionales de los servicios sociales adecuados para la consecución de los objetivos del mismo.
  •  AYUDAS ECONÓMICAS CONTRA LA  POBREZA ENERGÉTICA: Serán destinatarios de estas ayudas para suministros mínimos vitales de garantía energética aquellas personas o unidades familiares que carezcan de recursos económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas.

Además de las cuatro prestaciones descritas anteriormente y aunque no pueda definirse como una prestación propiamente dicha, es necesario citar las actuaciones destinadas al fomento de la solidaridad social: Cooperación Social.

Actuaciones destinadas al fomento de la Solidaridad Social: Cooperación Social:

Estas actuaciones responden al objetivo de potenciar las expresiones de solidaridad y el fomento de la responsabilidad social en la comunidad ante las distintas situaciones de necesidad y como un complemento necesario para una mayor efectividad de las prestaciones anteriormente definidas.

Desde el año 2004 hasta la actualidad los concejos de Sobrescobio y Caso fueron dotados del PROGRAMA ROMPIENDO DISTANCIAS cuya finalidad es evitar la discriminación de las personas mayores que viven en zonas rurales dispersas, ofreciendo un conjunto de actuaciones flexibles capaces de proporcionar una amplia diversidad de servicios y de oportunidades que se adapten a sus necesidades.